(Supl.R.O.351 de diciembre 29, 2010: Libro II, Título III, Capítulo I y II)
Análisis y conclusión general:
El Código de la Producción contiene importantes innovacio-nes en materia de incentivos tributarios inclusive a largo plazo para nuevas inversiones y sectores de la producción que contribuyan a un cambio en el esquema de la matriz energética del país; sin
embargo para la planeación tributaria anual, los empresarios deben considerar que para acogerse a ciertos beneficios como reducción del impuesto a la renta y cálculo o exoneración del anticipo de impuesto a la renta, el Código de la Producción por sí mismo y en las actuales condiciones de cada empresa, sin cambio alguno, sin nuevas inversiones y sin cumplir requisitos previos, no existen incentivos, pues el impuesto a la renta continúa con tarifa 25%, y el cálculo del anticipo de conformidad con el último Reglamento emitido en junio del 2010, incluyendo la opción de impuesto mínimo.
Las reformas y los beneficios potencialmente tangibles, sintetizamos a continuación:
Libro II: Título III: De los Incentivos para el Desarrollo Productivo; Capítulo I: Normas generales. Los Art. 23 y 24 “De los Incentivos y su clasificación”, establecen que estos son de tres clases:
1. Generales; aplicables a inversiones en cualquier parte del país, consisten en:
a) Reducción progresiva de 3 puntos porcentuales en el impuesto a la renta; en forma gradual (24% en el 2011, 23% en el 2012 y 22% en el 2013)
b) Los establecidos para zonas económicas de desarrollo especial.
c) Deducciones adicionales para el cálculo del impuesto a la renta, para incentivar la mejora de productividad, innovación y la producción eco-eficiente.
d) Beneficios para la apertura del capital social de las empresas a favor de sus trabajadores;
e) Facilidades de pago en tributos al comercio exterior,
f) Deducción para el cálculo del impuesto a la renta de la compensación adicional para el pago del salario digno;
g) Exoneración de impuesto a la salida de divisas para operaciones de financiamiento externo
h) Exoneración del anticipo al impuesto a la renta por cinco años para toda inversión nueva.
i) Reforma al cálculo del anticipo de impuesto
a la renta.
2. Sectoriales y para el desarrollo regional equitativo; para sectores que contribuyan al cambio a la matriz energética, sustitución estratégica de importaciones, fomento de las exportaciones, así como el desarrollo rural y zonas urbanas (Disposic. Reform. Segunda): exoneración total de impuesto a la renta por cinco años, a las inversiones nuevas en estos sectores.
3. Zonas deprimidas; Además de que estas inversiones podrán beneficiarse de los incentivos generales y sectoriales antes descritos, en estas zonas se priorizará la nueva inversión otorgando beneficio fiscal mediante la deducción adicional del 100% del costo de contratación de nuevos trabajadores, por cinco años.
Contenido y vigencia de los contratos de inversión; Por iniciativa del inversionista, se podrá suscribir contratos de inversión los mismos que se celebrarán mediante escritura pública, en la que constará el tratamiento que se le otorga a la inversión bajo el ámbito de este Código y su Reglamento con vigencia de hasta quince años.
Monitoreo; El monitoreo del cumplimiento de las obligaciones asumidas por los inversionistas, sean legales o contractuales, estará a cargo de la Secretaría Técnica del Consejo Sectorial de la Producción.
El SRI enviará trimestralmente a la Secretaría Técnica un listado de todas las empresas nuevas que hayan aplicado a los incentivos, para que dicha entidad elabore un registro electrónico con esta información.
Contenido del Código; a continuación referenciamos otros Libros, Títulos y Capítulos en materia de comercio exterior, tributaria y aduanera, que abordamos en el tema 4 y en próximas publicaciones:
Libro II, Título IV: Zonas Específicas de Desarrollo Económico (ZEDE); Capítulo I: Del objeto y Constitución de las ZEDE
Capítulo II: De los Administradores y operaciones de las ZEDE
Capítulo III: De las Infracciones y sanciones a las ZEDE
LIBRO III: Del Desarrollo Empresarial de las MicroPYMES y de la Democratización de la Producción
LIBRO IV: Del Comercio Exterior, sus Órganos de Control e Instrumentos
LIBRO V: De la Competitividad Sistémica y de la Facilitación Aduanera
LIBRO VI: Sostenibilidad de la Producción y su Relación con el Ecosistema



0 Comments
You can be the first one to leave a comment.